30 oct 2026
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Senado da media sanción a la reforma de Salud Mental: nuevos criterios para internaciones involuntarias

Senado da media sanción a la reforma de Salud Mental: nuevos criterios para internaciones involuntarias

El Senado de la Nación aprobó en la madrugada de este viernes la reforma de la Ley Nacional de Salud Mental con 42 votos a favor y 21 en contra, tras una sesión que se prolongó hasta pasada la medianoche. La iniciativa, impulsada por el Gobierno nacional y ajustada durante las negociaciones parlamentarias, obtuvo media sanción y ahora pasa a la Cámara de Diputados.

El proyecto introduce cambios en aspectos centrales de la legislación vigente desde 2010, en particular en las condiciones para disponer internaciones involuntarias, la intervención de los equipos médicos, el tratamiento de las adicciones y las responsabilidades de financiamiento entre la Nación y las provincias.

Uno de los puntos más relevantes es la modificación de los criterios que permiten internar a una persona sin su consentimiento. La Ley 26.657, en su artículo 20, establece que la internación involuntaria puede disponerse de manera excepcional cuando exista una situación de riesgo cierto e inminente para la propia persona o para terceros, siempre que no sean posibles otras alternativas de tratamiento. La legislación actual también exige una evaluación interdisciplinaria y mecanismos de control judicial. La reforma aprobada reemplaza el criterio de riesgo cierto e inminente por el de riesgo grave de daño para la vida o la integridad física, ampliando las circunstancias que pueden justificar una internación sin consentimiento y modificando los procedimientos médicos para disponerla.

La aprobación se alcanzó después de que el oficialismo aceptara modificaciones reclamadas por legisladores aliados y representantes provinciales, especialmente en relación con los recursos económicos necesarios para implementar las nuevas disposiciones y la participación de los profesionales de psicología.

Entre quienes acompañaron la iniciativa estuvo el senador nacional por Misiones Carlos Arce, quien había planteado objeciones al proyecto original por las obligaciones que asumirían las jurisdicciones sin garantías suficientes de financiamiento.

Actualmente, el artículo 20 de la Ley 26.657 permite la internación sin consentimiento cuando existe riesgo cierto e inminente para sí mismo o para terceros y no resulte posible una alternativa terapéutica ambulatoria. La reforma sustituye ese criterio por el de riesgo grave de daño para la vida o la integridad física de la persona o de terceros.

Este cambio amplía las circunstancias que podrán evaluar los profesionales antes de decidir una internación, ya que no solo se considerará la existencia de un peligro inmediato, sino también los antecedentes del paciente, la evolución de su situación y las posibles consecuencias de no recibir tratamiento. No obstante, el proyecto mantiene que la internación involuntaria debe ser una medida terapéutica excepcional, a la que solo se podrá recurrir cuando otras alternativas de atención no resulten suficientes.

Otro cambio importante se refiere a los profesionales habilitados para intervenir. El texto consensuado establece la participación de un médico, preferentemente psiquiatra o con formación en salud mental, junto con un profesional de psicología para la evaluación interdisciplinaria. Además, se incorpora un procedimiento especial para emergencias, en las que un solo médico podrá indicar inicialmente la internación involuntaria; en esos casos, la decisión deberá ser revalidada por un equipo interdisciplinario dentro de las 48 horas.

La iniciativa también contempla la posibilidad de realizar teleconsultas con especialistas cuando no se encuentren disponibles en el lugar, una herramienta que busca facilitar la atención en localidades con menor disponibilidad de profesionales especializados.

En cuanto al control judicial, las internaciones involuntarias deberán ser comunicadas al juez competente y al órgano de revisión. El magistrado conservará facultades para evaluar los fundamentos de la medida, solicitar informes adicionales y disponer la externación cuando no se cumplan las condiciones legales. Esto significa que la decisión inicial podrá adoptarse desde el ámbito sanitario, pero seguirá sometida a controles judiciales, como ocurre bajo la legislación vigente.

La reforma también incorpora disposiciones para evitar internaciones innecesariamente prolongadas. Entre ellas figura la elaboración de un plan de egreso desde el inicio del tratamiento, con objetivos y mecanismos de seguimiento para facilitar la continuidad de la atención fuera de la institución. Asimismo, se prevé considerar prolongadas aquellas internaciones que superen los 180 días, de manera continua o acumulada dentro de un período de dos años, lo que activará mecanismos específicos de revisión.

La modificación legislativa no se limita a las internaciones. También amplía el abordaje de las adicciones para contemplar diferentes conductas problemáticas, entre ellas la ludopatía, vinculada con la pérdida de control sobre las apuestas y los juegos de azar. Si bien la legislación vigente ya establece que las adicciones deben ser abordadas dentro de las políticas de salud mental, la nueva propuesta busca ampliar expresamente su alcance más allá del consumo problemático de sustancias. Esto permitiría reforzar la atención de personas con problemas asociados a las apuestas, incluidos los juegos y las plataformas digitales, una problemática que genera creciente preocupación por sus consecuencias personales, familiares y económicas.

La iniciativa también introduce disposiciones específicas para la atención de niños, niñas y adolescentes. Se establece que deberán ser asistidos por equipos con formación infantojuvenil y, en caso de necesitar internación, permanecer en espacios diferenciados de los utilizados para personas adultas. Además, se incorporan criterios vinculados con la autonomía progresiva, el derecho a ser escuchados y la confidencialidad de la atención.

Otro de los puntos discutidos fue el futuro de los establecimientos especializados en salud mental. El proyecto mantiene la prohibición de crear nuevos manicomios y de desarrollar prácticas manicomiales, aunque contempla la posibilidad de realizar internaciones tanto en hospitales generales como en centros especializados en psiquiatría y salud mental. Por lo tanto, la aprobación de la reforma no implica el cierre automático de los establecimientos existentes, sino una redefinición del modelo de atención que continuará siendo objeto de discusión parlamentaria.

También se contemplan dispositivos alternativos a la internación, como la atención ambulatoria y domiciliaria, los hospitales de día y las casas de convivencia, con el objetivo de sostener tratamientos dentro del entorno comunitario cuando resulte posible.

Uno de los principales cuestionamientos durante el debate estuvo relacionado con los recursos necesarios para implementar los cambios en las provincias. Al abrir la discusión, la presidenta de la Comisión de Salud, la senadora libertaria Ivana Arrascaeta, defendió la reforma y resumió su objetivo en la necesidad de “llegar a tiempo”. Según planteó, la modificación permitirá intervenir antes de que las situaciones de padecimiento mental alcancen niveles de mayor gravedad. También consideró que la legislación vigente resultó insuficiente y que el sistema necesita herramientas adecuadas para atender a los pacientes. Desde Convicción Federal, Guillermo Andrada cuestionó que los problemas d

Contexto: La Ley Nacional de Salud Mental 26.657 fue sancionada en 2010 y estableció un marco de derechos para las personas con padecimientos mentales, incluyendo la excepcionalidad de la internación involuntaria y la prohibición de crear nuevos manicomios. Desde entonces, diversas organizaciones y especialistas han debatido sobre la implementación y los recursos asignados al sistema de salud mental.

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