30 oct 2026
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Posadas regula el cuidado informal de vehículos: nuevas sanciones y alternativas laborales

Posadas regula el cuidado informal de vehículos: nuevas sanciones y alternativas laborales

El Concejo Deliberante de Posadas aprobó este jueves una ordenanza que prohíbe las actividades informales de cuidado de vehículos y limpieza de parabrisas en la vía pública. La medida, que contó con 11 votos a favor y tres en contra, establece un nuevo régimen de control para los conocidos como “trapitos” y limpiavidrios, con sanciones que incluyen tareas comunitarias y la posibilidad de intervención policial en caso de incumplimiento.

La iniciativa fue presentada por los concejales Valeria Gómez de Oliveira y Pablo Argañaraz, y obtuvo dictamen favorable de las comisiones de Legislación General, Régimen del Empleado Municipal y Enjuiciamiento, y de Hacienda y Presupuesto.

La votación se realizó durante la sesión ordinaria del jueves 29 de octubre. Las concejales Samira Almirón, Malena Mazal y Laura Traid, del bloque Posadas en Movimiento, votaron en contra de la propuesta.

La prohibición abarca todo el ejido municipal y no se limita a los casos en que se exige dinero a los automovilistas. También alcanza a quienes ofrecen estos servicios de manera informal, aunque no soliciten ni reciban una retribución económica.

Según el texto aprobado, quedan comprendidas las actividades de cuidado, vigilancia, lavado, limpieza, acomodamiento y reserva de espacios para vehículos estacionados o en circulación.

Uno de los aspectos centrales de la ordenanza es la amplitud de las conductas alcanzadas, ya que no exige que exista una situación de violencia, amenaza o cobro obligatorio para que pueda constatarse una infracción.

La normativa contempla expresamente la solicitud o recepción de dinero a cambio de cuidar vehículos, así como la ocupación reiterada de determinados sectores de la vía pública para ofrecer estos servicios.

También incluye las tareas de limpieza de parabrisas, la asignación informal de lugares para estacionar y la utilización de elementos como conos, cajones o tachos para reservar espacios.

Del mismo modo, podrán considerarse infracciones las indicaciones reiteradas a conductores para ingresar o salir de lugares de estacionamiento, siempre que existan circunstancias objetivas que permitan vincularlas con las actividades prohibidas.

Esto significa que la intervención municipal no dependerá exclusivamente de que un conductor denuncie haber sido intimidado o presionado para entregar dinero, sino que también podrá producirse cuando los inspectores comprueben alguna de las conductas contempladas en la ordenanza.

La nueva legislación dispone que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá habilitar canales de denuncia presenciales, telefónicos o digitales que funcionen las 24 horas, todos los días de la semana.

A través de estos mecanismos, los vecinos podrán informar sobre la presencia de personas que desarrollen las actividades prohibidas.

Una vez recibida la denuncia, un inspector municipal deberá concurrir al lugar señalado, comunicar a la persona involucrada que la actividad se encuentra prohibida e intimarla a interrumpirla inmediatamente y retirarse del sector.

Si la persona se niega a cumplir la indicación, el funcionario podrá solicitar la intervención de la fuerza pública para garantizar el cumplimiento de la disposición.

La ordenanza también establece mecanismos para documentar las infracciones. Los inspectores deberán elaborar un acta donde consten las conductas observadas, la ubicación, fecha, horario y demás circunstancias relevantes.

Las actuaciones podrán complementarse con fotografías, filmaciones, imágenes de cámaras municipales y testimonios voluntarios de conductores o terceros.

En todos los casos, la constatación deberá sustentarse en observaciones directas o indicios objetivos, precisos y concordantes que permitan acreditar razonablemente la realización de las actividades.

A diferencia de otros regímenes contravencionales basados en multas económicas, la ordenanza aprobada en Posadas establece tareas comunitarias como sanción para quienes continúen desarrollando las actividades prohibidas.

Estas podrán consistir en trabajos de utilidad pública o asistencia a actividades educativas, de acuerdo con lo que determine el Juzgado Municipal de Faltas competente.

La aplicación de las sanciones se realizará conforme al régimen previsto en la Ordenanza X-N.º 19.

El texto contempla que las tareas comunitarias puedan establecerse como medidas sustitutivas o complementarias, según las circunstancias y lo dispuesto por la Justicia de Faltas.

La Secretaría de Movilidad Urbana será la autoridad encargada de aplicar la nueva normativa, controlar su cumplimiento y coordinar las intervenciones correspondientes.

Además de establecer restricciones, la ordenanza incorpora disposiciones orientadas a ofrecer alternativas de inserción laboral para quienes actualmente obtienen ingresos mediante estas actividades.

En ese sentido, el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Oficina de Empleo y otras dependencias, podrá promover programas de capacitación, formación en oficios y acceso al empleo formal destinados a las personas alcanzadas por la prohibición.

Sin embargo, la normativa no establece una incorporación laboral automática ni garantiza puestos de trabajo para quienes actualmente se desempeñan como cuidacoches o limpiavidrios.

La implementación de estas alternativas dependerá de los programas que eventualmente impulse el Municipio.

Otro de los puntos incluidos contempla la atención de personas que atraviesen situaciones de consumo problemático de sustancias o padecimientos vinculados con las adicciones.

Para estos casos, se dispone que el Ejecutivo arbitre los medios necesarios para facilitar el acceso a dispositivos de orientación, asistencia y tratamiento, en articulación con los organismos competentes y conforme a la Ordenanza XII-N.º 66.

La concejal Valeria Gómez de Oliveira sostuvo que uno de los objetivos de la iniciativa es atender los reclamos de vecinos que manifiestan sentirse intimidados al estacionar sus vehículos o detenerse en los semáforos.

Según explicó, la propuesta también busca que las personas que actualmente realizan estas tareas puedan acceder a otras oportunidades laborales y, cuando corresponda, a programas de asistencia.

La edil señaló que existen situaciones en las que los automovilistas perciben que el ofrecimiento del servicio no es voluntario, especialmente cuando se les solicita dinero por estacionar en espacios públicos.

No obstante, la ordenanza aprobada va más allá de estas situaciones, ya que prohíbe el ejercicio de las actividades independientemente de que exista una exigencia de pago.

En el recinto, la propuesta obtuvo el acompañamiento de once concejales, mientras que las tres representantes de Posadas en Movimiento se pronunciaron en contra.

Con la aprobación legislativa, el siguiente paso será la intervención del Departamento Ejecutivo Municipal, encabezado por el intendente Leonardo Stelatto. Para su aplicación deberá completarse el procedimiento correspondiente, incluida la promulgación y publicación de la ordenanza en el Boletín Oficial Municipal.

Una vez que la normativa entre en vigor, la Secretaría de Movilidad Urbana tendrá a su cargo las tareas de aplicación, mientras que el Ejecutivo deberá avanzar en la habilitación de los canales de denuncia previstos.

Contexto: La regulación de actividades informales en el espacio público es un tema recurrente en distintas ciudades argentinas, donde se han implementado ordenanzas similares con el objetivo de ordenar el tránsito y garantizar la seguridad de los vecinos. En los últimos años, varios municipios han optado por prohibir el cuidado de vehículos no registrado, combinando sanciones con programas de inclusión laboral.

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