El Poder Ejecutivo Nacional dispuso una alícuota del 8% en las contribuciones patronales destinadas a financiar la Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA). La decisión se instrumentó mediante el Decreto 986/2026, difundido este lunes en el Boletín Oficial, que a su vez aprueba el Régimen Administrativo, Patrimonial, Contable y de Control de esa entidad prestacional.
El aporte patronal recaerá sobre la totalidad de los haberes del personal militar en actividad, del personal civil que se desempeña en las Fuerzas Armadas y de quienes trabajan en la propia estructura de la obra social.
Con este nuevo ordenamiento, la administración busca brindar previsibilidad financiera y regularizar la gestión del ente autárquico, que opera bajo la órbita del Ministerio de Defensa.
Además de establecer la contribución patronal, la norma exige articular los sistemas presupuestarios, la registración contable y la administración de bienes conforme a los lineamientos de la Ley de Administración Financiera N.º 24.156.
Para asegurar el control del flujo de recursos y de los procesos de contratación, el decreto prevé la intervención de una Unidad de Auditoría Interna (UAI) que depende de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN).
Del mismo modo, otorga a la presidencia del Directorio de la OSFA la facultad ejecutiva de autorizar gastos y disponer pagos.
Mientras se ultiman los manuales operativos e instructivos definitivos de la institución, las autoridades resolvieron aplicar de manera transitoria los circuitos internos ya vigentes, con el fin de evitar interrupciones en la atención médica y en las prestaciones que recibe la población beneficiaria.
Fuente: Ushuaia24.
Contexto: La OSFA es un organismo autárquico que depende del Ministerio de Defensa y tiene a su cargo la cobertura de salud del personal militar y civil de las Fuerzas Armadas. La Ley de Administración Financiera N.º 24.156, sancionada en 1992, regula el funcionamiento económico-financiero del sector público nacional y establece los mecanismos de control interno y externo.
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