01 ago 2026
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La fiscalía cuestiona el desalojo de una comunidad mbya en Misiones y pide su anulación

La fiscalía cuestiona el desalojo de una comunidad mbya en Misiones y pide su anulación

La Fiscalía de Instrucción Uno de Puerto Rico emitió un dictamen en el que solicita que se anule el desalojo realizado la semana pasada sobre la comunidad mbya guaraní Puente Quemado II, en Garuhapé. El argumento central es que la medida se llevó a cabo mientras aún estaba pendiente una apelación presentada por la defensa.

El fiscal Héctor Simón, quien firmó el pronunciamiento, señaló que la ejecución del desalojo no tenía validez legal mientras la Cámara de Apelaciones no resolviera el recurso interpuesto contra la orden emitida por el Juzgado de Instrucción Dos de Jardín América, a cargo del magistrado Roberto Sena. Según el dictamen, la apelación tenía efecto suspensivo, por lo que el procedimiento no debía haberse concretado hasta que el tribunal de alzada se expidiera.

En su escrito, Simón calificó la medida como de "extrema gravedad institucional", ya que implicó el "desplazamiento inmediato de una Comunidad Indígena", y subrayó que una decisión de este tipo requiere un análisis riguroso de los derechos en juego. Para la fiscalía, el caso revela un conflicto jurídico más complejo que una simple disputa por la posesión, por lo que antes de ejecutar el desalojo debían evaluarse de manera integral los derechos territoriales indígenas reconocidos por la Constitución Nacional y el Convenio 169 de la OIT.

El origen del conflicto se remonta a un reclamo del empresario forestal Alfredo Ruff, quien pidió la restitución de los lotes 71 y 78 de la fracción Cañafístola mediante una medida cautelar por presunta usurpación. La comunidad, en cambio, sostiene que esas tierras son parte de su territorio ancestral y que fueron relevadas bajo la Ley Nacional 26.160, además de invocar las garantías del artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional y el Convenio 169 de la OIT.

La defensa también cuestionó que una medida cautelar haya terminado en un desalojo sin que exista una sentencia definitiva sobre el conflicto territorial. La novedad judicial se conoce un día después de que el Ministerio de Derechos Humanos y la Dirección Provincial de Asuntos Guaraníes informaran que pidieron explicaciones a la Justicia por el operativo, ya que ninguno de los organismos fue notificado previamente. En un comunicado conjunto, ambos organismos solicitaron conocer el alcance de la medida y advirtieron que, si se verifican afectaciones a los derechos de la comunidad mbya, evaluarán las acciones institucionales correspondientes.

Contexto: Este caso se enmarca en una larga historia de reclamos territoriales de los pueblos originarios en Argentina, donde la Ley 26.160, sancionada en 2006, declaró la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que ocupan las comunidades indígenas, y ordenó un relevamiento técnico-jurídico. Además, el Convenio 169 de la OIT, ratificado por el país en 2001, establece la obligación de consultar a los pueblos indígenas antes de adoptar medidas que puedan afectar sus derechos.

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