El Gobierno nacional estableció una nueva normativa para las pilas y baterías primarias que se fabriquen, importen, ensamblen o vendan en el país. La medida fue oficializada a través de la Resolución Conjunta 1/2026 de la Secretaría de Turismo y Ambiente y la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
La disposición aprueba especificaciones técnicas actualizadas y procedimientos de evaluación de conformidad para estos productos, que están alcanzados por la Ley de Energía Eléctrica Portátil. El objetivo declarado es ordenar los estándares de calidad y seguridad aplicables a pilas y baterías primarias que se comercializan en el país.
A partir de esta resolución, los fabricantes, ensambladores e importadores deberán asegurar el cumplimiento de los requisitos mediante una declaración jurada de conformidad y el procedimiento de evaluación detallado en el anexo técnico. Por su parte, distribuidores y comercios mayoristas o minoristas deberán poseer una copia simple de esa declaración, en formato papel o digital, para mostrarla cuando sea solicitada.
Uno de los aspectos más relevantes de la medida es que la Dirección General de Aduanas, que depende de ARCA, queda eximida del control documental o físico previsto por esta regulación. Además, la comercialización de los productos alcanzados no requerirá autorizaciones previas, salvo que una disposición futura indique lo contrario.
El cambio se enmarca en una tendencia de simplificación administrativa y reducción de controles previos. No obstante, también abre un debate de fondo: cómo garantizar el control ambiental y de seguridad de productos potencialmente contaminantes cuando parte de la responsabilidad se traslada a declaraciones de conformidad, controles posteriores y obligaciones de fabricantes, importadores y comercializadores.
La resolución contempla sanciones en caso de incumplimiento, según la Ley de Defensa del Consumidor, el régimen de lealtad comercial y otras normas aplicables, sin perjuicio de responsabilidades penales, civiles o administrativas que pudieran corresponder.
Además, establece que las pilas y baterías alcanzadas que no cumplan con determinadas exigencias técnicas serán consideradas residuos peligrosos en los términos de la Ley 24.051, lo que las somete a los procedimientos y penalidades previstos en esa normativa.
La medida también deroga resoluciones anteriores del ex Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible vinculadas a la importación y certificación de estos productos. Los certificados emitidos bajo el régimen anterior mantendrán su vigencia por el plazo establecido en cada caso, mientras que los organismos de certificación y laboratorios habilitados conservarán su condición por 12 meses, período durante el cual deberán adaptarse a los nuevos esquemas.
El marcado de conformidad será exigible a partir de los 12 meses contados desde la entrada en vigencia de la resolución, mientras que la norma comenzará a regir desde el séptimo día hábil posterior a su publicación en el Boletín Oficial.
En términos ambientales, la regulación tiene impacto porque las pilas y baterías contienen componentes que, si no cumplen con los límites permitidos o no son gestionados adecuadamente, pueden representar riesgos para la salud y el ambiente. En términos comerciales, modifica obligaciones para importadores, fabricantes, distribuidores y puntos de venta.
Contexto:
La gestión de residuos peligrosos en Argentina ha sido objeto de diversas normativas a lo largo de los años. La Ley 24.051, sancionada en 1992, estableció el marco para el tratamiento de residuos peligrosos, incluyendo pilas y baterías. En 2009, se implementó la Ley de Energía Eléctrica Portátil, que buscó regular estos productos. La nueva resolución actualiza esos controles, en línea con cambios administrativos previos.
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